Publicado 03/01/2025 11:29

Noboa impone estado de excepción en diez áreas de Ecuador para luchar contra bandas armadas

Archivo - Noboa decreta el estado de excepción en diez zonas de Ecuador para combatir a los grupos armados
Archivo - Noboa decreta el estado de excepción en diez zonas de Ecuador para combatir a los grupos armados - Europa Press/Contacto/Mateo Armas - Archivo

ECUADOR, 3 Jan (EUROPA PRESS)

El presidente Daniel Noboa, mediante un segundo decreto en 2025, estableció el estado de excepción en siete provincias, dos cantones y en el distrito metropolitano de Quito por 60 días adicionales. La decisión se tomó en respuesta a la "grave conmoción interna" que atraviesa el país debido a la acción de grupos armados. Este periodo de excepción, que sigue a un decreto similar en enero de 2024, se justifica por el ascenso de la violencia y los ataques a las fuerzas de seguridad, especialmente en provincias como Los Ríos, Guayas y Manabí, además de Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos, y los cantones La Troncal y Camilo Ponce Enríquez.

De acuerdo con el decreto, esta medida es "temporal, subsidiaria, extraordinaria, condicionada, regulada y fiscalizada", y asegura que el Ejército respetará el debido proceso. Incluye restricciones a la libertad de movimiento en determinadas horas del día en 23 localidades, así como la suspensión de la inviolabilidad del domicilio y la movilización de las Fuerzas Armadas.

La imposición de este estado se da en un contexto de militarización y violencia en aumento, marcado recientemente por la detención y muerte trágica de cuatro menores de edad por parte de una patrulla del Ejército. Este incidente ha reavivado el debate sobre la estrategia del gobierno de Noboa y levantado críticas sobre la efectividad y consecuencias de la presencia militar en las calles, a pesar de que las cifras oficiales buscan justificar la medida. La situación en Ecuador continúa siendo tensa mientras las autoridades buscan maneras de contener la ola de violencia que afecta a varias regiones del país.

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